FOTOS
Las fotos nos las envia Jorge Reyes de su viaje a Venecia con Joel Aguero.
UN PÉSAME
Queriamos trasladar desde aqui nuestro más sentido pesame a los amigos y familiares de nuestro compañero de Consol Ignacio Brioso Uceda, que falleció el domingo día 2, a los 50 años, era conductor de la línea 254 y fue miembro del Comite por Ugt en la legislatura anterior.
ACTA DEL 26 DE FEBRERO DE 2.003.
PRIMERO: A los conductores adscritos habitualmente al servicio Madrid - Granada y vuelta, se les hace extensiva la percepción de la bolsa de vacaciones y el complemento salarial de plus de festividad, en las condiciones y cifras existentes para el resto de los conductores del centro de Madrid, o sea:
SEGUNDO: Los servicios Madrid-Granada y vuelta, con salida de Madrid a las 16:00 h, y a las 19:00 h, y vuelta de Granada alas 0,30 h, y a la 1:30 h, respectivamente, devengaran, por cada día de servicio completo, 0,5 h, (sistema decimal) como complemento salarial denominado “incentivos”, mientras mantengan el sistema actual de trabajo y descansos, al baremo de 8,49€/hora.
ACTA DE CONCILIACIÓN DEL 12 DE MAYO DE 2.003.
Se compensara a los conductores cuando, por orden de la Empresa, se le desplace temporalmente a efectuar un servicio, que les obligue a comenzar y terminar su jornada en un lugar no habitual, y para ello tengan que desplazarse. La compensación será de 0,17 euros por km. recorrido, entre las dos localidades, por gastos de locomoción y tiempo invertido en el trayecto. La distancia oficial resultante se multiplicara, siempre por 1,2941 por recorrido en casco urbano o trayectos a garajes.
Para el año 2005 la cantidad resultante se actualizara en 0,01 euros. Para los años siguientes se incrementara la cantidad resultante con el I.P.C. real del año anterior.
Lo anterior solo afecta cuando el conductor se desplace a servicios de la concesión Madrid-el Burgo de Osma (Pza Castilla).
RECAUDACIÓN /BILLETES FALSOS/ BILLETES ERRÓNEOS
ACTA DEL 6 DE FEBRERO DE 1.997.
SEGUNDO: Se comunica a los Jefes de Estación que procedan, a partir del día de la fecha, a recoger los billetes falsos, de papel moneda, y realicen su cambio por validos, que les puedan entregar a los conductores en la realización de sus servicios.
TERCERO: Los billetes erróneos que los conductores den a los viajeros y no se puedan anular, los autorizaran los Jefes de Estación para que sean descontados de la correspondiente liquidación.
ACTA DE CONCILIACIÓN DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2.001.
La Empresa ofrece lo siguiente: en el caso de que a un conductor- preceptor le roben la recaudación y el cambio que llevara para hacer frente a la misma, deberá denunciar tal hecho en la comisaría correspondiente y la Empresa no le reclamara la cantidad sustraída si adjunta copia de la denuncia. Las limitaciones a lo anterior son que la recaudación sea como máximo la del ultimo día trabajado y que el cambio sea como máximo de 5.000,- ptas si lo robado correspondiera al servicio urbano de Torrejón de Ardoz y de 10.000,- ptas. para el resto de los servicios. Estas cantidades serán objeto de revisión por periodos de dos años.
Si hubiera algún caso concreto de presunta irregularidad o abuso, se analizaría entre la representación legal de los trabajadores y la Dirección de la Empresa
ACTA DEL 10 DE FEBRERO DE 2.004.
PRIMERO: Los justificantes de la entrega de recaudación que realizan los conductores-perceptores los deberán conservar éstos durante un periodo de seis meses. No obstante, en un futuro se intentará reducir el periodo indicado.
TERCERO: Con respecto a los robos de recaudación, y a lo ya acordado sobre esta cuestión, se actualiza el acuerdo en los siguientes términos:
“En caso de que un conductor-preceptor le roben la recaudación y el cambio que llevara para hacer frente a la misma, deberá denunciar tal hecho en la comisaría correspondiente, y la Empresa no le reclamara la cantidad sustraída si adjunta copia de la denuncia. Las limitaciones a lo anterior son que la recaudación sea como máximo la del ultimo día trabajado, y que el cambio sea como máximo de 33 euros si lo robado correspondiera al servicio urbano de Torrejón de Ardoz, y de 65 euros para el resto de los servicios.”